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AMIA, Rafecas, juicio en ausencia, Irán, Hezbollah

AMIA: Rafecas procesó a ocho iraníes y libaneses y habilita el juicio en ausencia

El juez Daniel Rafecas procesó a ocho ciudadanos iraníes y libaneses por el atentado a la AMIA, con embargos de 500 millones de dólares y avance hacia el juicio en ausencia.

"Acto y reclamo de familiares de víctimas del atentado a la AMIA." (TN)

El juez federal Daniel Rafecas firmó este lunes un fallo de más de 600 páginas que procesa a ocho ciudadanos iraníes y libaneses por su participación en el atentado contra la AMIA. La decisión aplica el régimen de juicio en ausencia y les impone a cada uno un embargo de 500 millones de dólares. El ataque del 18 de julio de 1994 dejó 85 muertos, 151 heridos y daños materiales de enorme magnitud.

La resolución sostiene que el atentado fue decidido por la cúpula del régimen iraní en agosto de 1993 y ejecutado por Hezbollah a través de una red de apoyo regional y local con base en la Triple Frontera. Rafecas calificó los hechos como delitos de lesa humanidad y genocidio, y los encuadró además como homicidios y lesiones reiteradas agravados por odio racial o religioso, con uso de un medio idóneo capaz de causar peligro común y daño discriminatorio.

El juez Daniel Rafecas procesó a ocho ciudadanos iraníes y libaneses por el atentado a la AMIA, con embargos de 500 millones de dólares y avance hacia el juicio en ausencia.

Como autores mediatos fueron procesados Alí Fallahijan, entonces ministro de Inteligencia iraní; Alí Velayati, entonces canciller; Mohsen Rezai, comandante de la Guardia Revolucionaria; y Ahmad Vahidi, jefe de la fuerza Al Quds. Según el magistrado, desde esos cargos decidieron y organizaron el ataque, y posibilitaron que quienes actuaron en el terreno lo consumaran.

Como cómplices necesarios figuran Hadi Soleimanpour, ex embajador de Irán en la Argentina; Mohsen Rabbani, activista religioso radicado en Buenos Aires desde 1983 y consejero cultural de la embajada iraní; y Ahmad Asghari, agente de inteligencia de la Guardia Revolucionaria. El juez les imputa haber contribuido de forma esencial al plan desde el ámbito diplomático y la red local. El octavo procesado es Salman Raouf Salman, también conocido como Samuel El Reda, agente libanés de Hezbollah a quien se le atribuye haber coordinado la etapa final del operativo.

Rafecas dio por probado que los terroristas compraron una Renault Trafic el domingo 10 de julio de 1994, la cargaron con unos 300 kilos de amonal y TNT, y la dejaron lista el 15 de julio en un estacionamiento a cuatro cuadras de la mutual. Tres días después, a media mañana, la hicieron explotar en el momento de mayor concurrencia. El fallo también vincula el hecho con un segundo ataque a la comunidad judía al día siguiente en Panamá, reivindicado junto al de Buenos Aires por Hezbollah bajo la cobertura Ansar Allah.

El mecanismo de la ley 27.784 permitió avanzar pese a que los acusados permanecen prófugos. Se les garantiza defensor oficial y el resto de las garantías del debido proceso. La defensa a cargo de Hernán Silva puede apelar. Si el procesamiento queda firme, el juzgado correrá vista a fiscalía, querellas y defensa para elevar la causa a juicio oral ante un Tribunal Oral en lo Criminal Federal de la Capital.

El juez dispuso falta de mérito respecto de Abdallah Salman y Hussein Mouzannar. No trató la situación del líder supremo iraní Alí Khamenei ni del jefe de Hezbollah Imad Mughniyeh, fallecidos en 2026 y 2008, ni la de Alí Hussein Abdallah, muerto en 2020. Por dictamen de la UFI AMIA a cargo de Sebastián Basso, Rafecas dio intervención a la Corte Suprema ante la posible conexidad con la causa por el atentado a la Embajada de Israel de 1992.

Desde el Gobierno celebraron el fallo. El presidente Javier Milei escribió en redes que la moral es política de Estado. El ministro de Justicia, Juan Bautista Mahiques, habló de un hito contra la impunidad y dijo que pronto habrá juicio oral por estos hechos. Patricia Bullrich, jefa del bloque oficialista en el Senado, subrayó que la ley de juicio en ausencia cortó la lógica de que la fuga frene la Justicia, y contrastó esa herramienta con el memorándum con Irán impulsado en otra etapa política.

A 32 años del mayor atentado terrorista en suelo argentino, el procesamiento no cierra el expediente ni garantiza condenas. Sí habilita un camino procesal que hasta hace poco parecía bloqueado por la ausencia física de los imputados. Familias, querellas y fiscales empujan ahora a que la confirmación del auto y la elevación a juicio no se diluyan otra vez en apelaciones interminables. El reloj judicial, por primera vez en décadas, corre hacia una audiencia oral aunque los acusados sigan fuera del país.

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